¿Eres un Agente? ¡Esto te interesa!
Ser un agente no es una labor sencilla pues para el ejercicio de su profesión se requiere de mucha atención y vigilancia a lo establecido en la ley. Existen diversos cuerpos normativos que contienen las obligaciones que un Agente deberá cumplir durante el desarrollo de su actividad como intermediarios, pero, ¿Qué pasaría si llegaran a incumplir con alguna de ellas?
De acuerdo con el Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas en caso de infracción por parte de un Agente, la Comisión impondrá la sanción administrativa correspondiente siendo ésta independiente de las sanciones penales que la conducta infractora amerite.
Las sanciones pueden consistir en:
AMONESTACIÓN | De acuerdo al Diccionario Panhispánico del Español Jurídico es la “sanción prevista para infracciones de carácter leve, consistente en la reprobación o manifestación de la incorrección de la conducta sancionada.”[1] |

MULTA | Corresponde al pago de una cantidad determinada de dinero que varía dependiendo de la infracción cometida. |

SUSPENSIÓN | Se refiere a la interrupción durante un lapso definido de tiempo para el desempeño de las funciones de intermediación. |

INHABILITACIÓN | La Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas la define como el “impedimento temporal en el ejercicio de un empleo, cargo o comisión dentro del sistema financiero mexicano.”[2] |

REVOCACIÓN | Consiste en la cancelación de la cédula de Agente, impidiéndolo para desarrollar su profesión de por vida. |
PRISIÓN | En caso de cometer algún delito tipificado dentro del Código Penal podrá ser acreedor a una pena privativa de la libertad con independencia de las demás sanciones que pudieren aplicar. |

¿Sabes con base a que dato se fija el monto de una multa?
Si tu primer pensamiento fue con base en el Salario Mínimo Vigente, es necesario actualizar un poco tus conocimientos ya que en el 2016 se decretó, en el Diario Oficial de la Federación[3], que toda referencia al salario mínimo, como base para determinar el monto de las obligaciones que tuviere una persona, sería reemplazado por la Unidad de Medida y Actualización, tradicionalmente referenciada por sus iniciales (UMA).
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) es el encargado de establecer el valor de la UMA, siendo actualmente (2021) la cantidad de $89.62[4] pesos mexicanos.
Si tienes dudas o si la CNSF te interpuso una multa derivada de tus actividades como agente de seguros o de fianzas, en Ormuz podemos ayudarte, somos abogados especialistas en intermediarios. No dudes en contactarnos.
[1] Real Academia Española, Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, (s.f), https://dpej.rae.es/lema/amonestación fecha de consulta: 11/marzo/2021..
[2] Artículo 64, Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, Diario Oficial de la Federación, última reforma publicada: 22/junio/2018.
[3] Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, fecha de publicación: 27 de Enero de 2016. Consultado en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5423663&fecha=27/01/2016
[4] Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Unidad de Medida y Actualización (UMA), https://www.inegi.org.mx/temas/uma/ fecha de consulta: 11/marzo/2021.

John Doe
Montserrat Ochoa. Estudiante de Derecho en la Universidad Panamericana Campus Guadalajara con pasión por el derecho de seguros. Siempre velando por la justicia y la actualización constante de conocimientos.